Convocante: 
Generalitat de Catalunya. España
Tipo de convocatoria: 
Becas y ayudas
Fecha límite de solicitud: 
Viernes, 30 octubre, 2015
Descripción: 

Bases


El objeto de estas bases es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de una beca de colaboración y formación en la edición y la traducción de textos jurídicos y administrativos para graduados o licenciados recientes, con el fin de colaborar y formarse en la edición y la traducción de los documentos que genera esta Comisión Jurídica Asesora, principalmente sus dictámenes, los cuales abordan diferentes materias y contienen terminología muy diversa, en los ámbitos administrativo, jurídico y médico, pero también en otros, como la contratación, el urbanismo o el medio ambiente.


Duración: la beca tiene una duración máxima de doce meses, y se extenderá desde la fecha fijada por la resolución de adjudicación hasta, como máximo, el 31 de diciembre de 2016. La beca puede prorrogarse por un nuevo periodo como máximo de doce meses más, en caso de que así convenga a la Comisión Jurídica Asesora, de que el becario o becaria haya desarrollado satisfactoriamente su actividad y de que haya disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.


Dotación de la beca: La dotación de la beca es de 1.100 euros brutos mensuales, que serán abonados a la persona beneficiaria a meses vencidos. A dichos importes, deberá aplicarse la correspondiente retención del impuesto de la renta de las personas físicas y la relativa a la Seguridad Social.


Requisitos de las personas beneficiarias:


1. Podrán solicitar esta beca de colaboración y formación en la edición y la traducción de textos jurídicos y administrativos las personas graduadas o licenciadas en traducción e interpretación, filología catalana o hispánica, lingüística o lengua y literatura catalanas o españolas, que hayan finalizado los estudios de dichas titulaciones con posterioridad al 1 de enero de 2010, con una nota media del expediente igual o superior a 6,5 y que tengan el nivel superior de catalán (nivel C2 o equivalente).


2. Se valorarán con carácter preferente los siguientes mérios:


a) El expediente académico, en particular en relación con los conocimientos de lengua, terminología y traducción.

b) Formación de posgrado, a nivel de máster o doctorado.

c) Experiencia en tareas relacionadas con el objeto de la beca desarrolladas en instituciones públicas o en el sector privado.

d) Acreditación de conocimientos superiores de castellano.

e) Acreditación del conocimiento de idiomas extranjeros.

f) Acreditación del conocimiento en terminología específica.

g) Acreditación de otros conocimientos de catalán (corrección, perfeccionamiento, lenguaje administrativo, lenguaje jurídico, traducción...).

h) Conocimientos de las fuentes lingüísticas y terminológicas en línea.

i) Conocimiento y habilidad en la utilización de los programas más habituales para el tratamiento de textos, memorias de traducción, tablas, gráficos, presentaciones, etc.


Las solicitudes, que deberán dirigirse al presidente de la Comisión Jurídica Asesora, tendrán que presentarse de acuerdo con el formulario que puede encontrarse en la página web de la Comisión Jurídica Asesora (://cja.gencat.cat/es/beques/). Una vez cumplimentado, deberá imprimirse y firmarse para poder presentarlo junto con la demás documentación exigida, que, en caso de no ser original, tendrá que ser compulsada.


La documentación que deberá presentarse con la solicitud es la siguiente:


a) Fotocopia del DNI o pasaporte.

b) Certificación de los títulos académicos obtenidos.

c) Documentos acreditativos del conocimiento de lengua catalana (como mínimo el certificado de nivel C2 o equivalente).

d) Copia del expediente académico y de los demás documentos acreditativos de los méritos alegados.

e) Curriculum vitae.

f) Memoria, no superior a tres páginas, en la que se indiquen los motivos de solicitar la adjudicación de la beca.

g) Declaración responsable de no encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de cumplir lo que especifica el artículo 14 de la misma Ley (incorporada en el correspondiente formulario de solicitud).

h) Declaración responsable de que no se ha disfrutado de ayudas o becas de la misma naturaleza otorgadas por la Administración de la Generalidad o cualquier otra Administración (incorporada en el correspondiente formulario de solicitud).


Información completa en: [://dogc.gencat.cat/es/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/index.html?action=fit...]


Plazo de envío de solicitudes: hasta el 30 de octubre de 2015.


16/06/2016 Convocatorias y empleo